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Nuevo debate en Diputados sobre la ley de alquileres : nuevo proyecto en 30 días

Nuevo debate en Diputados sobre la ley de alquileres : nuevo proyecto en 30 días

  • 11/04/2022

Se busca tratar especialmente 2 puntos que generaron dificultades con la actual ley 27551: el plazo de contrato de 3 años y el ajuste anual mediante una fórmula que considera la inflación con la variación salarial.

Este martes se constituirá la Comisión de Legislación General, que continuará al mando del oficialismo de la mano de la diputada Cecilia Moreau. Tras ello, comenzará el debate sobre las modificaciones a la denominada Ley de Alquileres.

La intención es fijar un cronograma de trabajo, que consistirá en invitar a las partes afectadas -inquilinos, propietarios e inmobiliarias-, para escuchar las posturas y propuestas de cada uno a los fines de entender el impacto que tuvo la ley vigente en cada sector.

En el plazo de 30 días, habría un nuevo proyecto consensuado entre el oficialismo y la oposición, para lograr una rápida aprobación en ambas cámaras.

Ante la confirmación del cronograma para buscar acuerdos, Juntos por el Cambio decidió desactivar la sesión especial que había solicitado para este martes, bajo el aviso de que, si pasados los 30 días hábiles no se llegan a los consensos necesarios, volverá a insistir con la derogación de la actual Ley 27.551.

El proyecto del oficialismo

Los diputados del Frente de Todos, encabezados por José Luis Gioja, presentaron un proyecto para modificar la denominada Ley de Alquileres, que contempla menores requisitos para los inquilinos monotributistas, beneficios para los locadores y topes para subas de los contratos.

En los fundamentos del proyecto, se pretende "fortalecer y transparentar el mercado inmobiliario y sentar las bases para que, desde el Estado Nacional y los Estados provinciales se delineen políticas públicas que faciliten el acceso a la vivienda de alquiler".

Además, pretende beneficiar a las personas registradas como monotributistas y plantea que los que otorguen seguros de caución deberán aceptar tomadores de seguros que estén inscriptos en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes.

No podrán requerirles más que la constancia de inscripción y comprobantes de pago de los últimos 6 meses, ni podrán cobrarles más que a tomadores que fuesen empleados en relación de dependencia.

Además, propone que el Consejo Nacional de la Vivienda arbitre los mecanismos para diseñar y formular un plan para la construcción y adquisición de inmuebles por el Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinados a la gestión pública de alquileres sociales.

En caso de renovación del contrato, el precio inicial del alquiler tendrá como tope un 10% adicional al que corresponda con el ajuste anual previsto por la ley actual.

En tanto, el precio inicial del alquiler para vivienda tendrá como tope un 20% adicional al que corresponda con el ajuste anual previsto. Para conocer los valores anteriores a los que estuvo alquilada una propiedad y poder establecer el tope se hará público -a través de AFIP- un registro de propiedades alquiladas y el valor de los contratos.

Otros puntos clave

La propuesta busca además generar una normativa sobre los siguientes puntos:

  • Gravar inmuebles deshabitados: se establece la necesidad de elaborar un proyecto de ley para gravar en provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los inmuebles que podrían destinarse a la vivienda, y que se encuentran deshabitados.

  • Deducción de Ingresos Brutos: se establece que las sumas que los locadores facturen en concepto de alquileres podrán deducirse de los ingresos brutos anuales del régimen simplificado para pequeños contribuyentes.

  • Exención de Bienes Personales: se plantea que los bienes inmuebles locados y registrados estarán exentos del impuesto sobre los bienes personales por cada año y periodo fiscal en el que estuvieran registrados los respectivos contratos.

Este régimen de beneficios regirá por los próximos 15 periodos fiscales anuales, a partir de la entrada en vigencia de la ley.

Fuente: Erreius




 

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